Generamos tu escrito de alegaciones contra multas por acceder a una ZBE: señalización deficiente, ordenanzas anuladas, defectos de notificación, errores en la matrícula y más. Listo para presentar en minutos.
El TSJM anuló las ZBE de Madrid por insuficiencia del informe de impacto económico, señalando que la medida perjudica a colectivos vulnerables que no pueden permitirse vehículos menos contaminantes. Aunque la sentencia no es firme (el Ayuntamiento ha recurrido en casación), sienta un precedente importante. Miles de multas están siendo impugnadas en toda España por defectos de señalización, notificación y falta de prueba suficiente.
Muchas multas de zona de bajas emisiones presentan defectos que las hacen anulables.
Los accesos a la ZBE deben estar claramente señalizados con señales verticales reglamentarias. Si la señalización no era visible, estaba mal ubicada o no existía en tu punto de entrada, la multa es anulable. Es el motivo más frecuente de anulación en los tribunales.
La carga de la prueba recae en el ayuntamiento. Una simple foto de cámara de matrícula no basta: debe acreditar la entrada en viario restringido, la señalización existente y la correcta identificación del vehículo.
Matrícula incorrecta, tipo de vehículo equivocado o etiqueta ambiental mal asignada por la DGT. Si algún dato de la denuncia no se corresponde con la realidad, es motivo de anulación.
Vehículos de personas con movilidad reducida, vehículos históricos, servicios de emergencia, residentes, profesionales con autorización o situaciones de fuerza mayor (urgencia médica) pueden estar exentos. Si el sistema no lo reconoció, recurre.
La notificación debe realizarse correctamente y dentro de plazo. Las infracciones leves de tráfico prescriben a los 3 meses. Si la administración tardó más de ese plazo en notificarte, la multa ha prescrito.
Varios tribunales han anulado ordenanzas de ZBE por defectos en su aprobación (como en Madrid). Si la ordenanza de tu municipio ha sido anulada o impugnada, las multas basadas en ella pueden ser nulas.
En 4 pasos sencillos tendrás tus alegaciones listas para presentar ante el ayuntamiento.
Rellena los datos de la multa: número de expediente, matrícula, fecha, municipio y motivo de la denuncia.
Nuestro sistema identifica los argumentos más fuertes para tu caso: señalización, prueba, exenciones, prescripción.
Realiza el pago y en menos de un minuto tendrás tu escrito de alegaciones en PDF con solicitud de pruebas.
Firma y presenta en el registro del ayuntamiento, por sede electrónica o por correo certificado. Tienes 20 días naturales.
Un único pago por todo el proceso de alegaciones.
Un documento profesional adaptado a tu caso, no una plantilla genérica.
Señalización deficiente, falta de prueba, errores de identificación, exenciones no reconocidas, prescripción y ordenanzas anuladas.
Se solicita al ayuntamiento que aporte las fotografías de las cámaras, la acreditación de la señalización y el expediente completo de la denuncia.
Expediente, matrícula, municipio, fecha y datos personales. Con fundamentos de derecho (RDL 6/2015, Ley 7/2021, RD 1052/2022) y suplico.
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